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EL CONSEJO DE MINISTROS AMPLÍA EN UN AÑO EL PLAZO PARA OPTAR A LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

27 de Enero de 2010

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         El Consejo de Ministros, en materia de Asuntos Exteriores y Cooperación, ha aprobado un Acuerdo por el que se amplía en un año el plazo para ejercer el derecho de optar a la nacionalidad española de origen, recogido en la Disposición Adicional Séptima de la Ley de 26 de diciembre de 2007, llamada Ley de Memoria Histórica.

        De acuerdo con las previsiones del apartado 1 de dicha Disposición Adicional Séptima, el Consejo de Ministros podrá prorrogar por un tercer año el plazo de dos años previsto para el ejercicio del derecho a optar a la nacionalidad española de origen que dicha Disposición Adicional reconoce a las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español y a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio.

        En la Disposición Final Segunda de la misma Ley se establecía que la Disposición Adicional Séptima entraría en vigor al año de la publicación de la Ley, por lo que el plazo inicialmente previsto para su vigencia terminaba el 27 de diciembre de 2010.